El 6 de marzo, el gobierno de Estados Unidos notificó la solicitud de revisión respecto a una supuesta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la instalación de Unique Fabricating de México, S.A. de C.V, ubicada en Santiago de Querétaro, Querétaro, esto al amparo del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del Anexo 31-A del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
La solicitud de revisión advierte presuntos actos de injerencia y discriminación antisindical por parte de la empresa, que interfieren con el derecho de las personas trabajadoras de Unique Fabricating de México para organizarse y elegir libremente al sindicato que mejor los represente.
Por ello, el gobierno de México, a través de la Secretaría de Economía, en coordinación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, notificó al gobierno de Estados Unidos la admisión de la solicitud de revisión con el fin de conducir una investigación interna para determinar la existencia o no de una denegación de derechos, conforme a las disposiciones establecidas en el T-MEC, para lo cual se cuenta con un plazo de 45 días para emitir una determinación a partir de la notificación de dicha solicitud.
Con información de la Secretaría de Economía