Ofrecen facilidades para importación de productos de la canasta básica

A través de la edición vespertina del 19 de octubre de 2022 del Diario Oficial de la Federación (DOF), fue publicado el decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica e insumos que se indican. 

Este documento oficializa la exención de arancel general de importación a diferentes productos alimenticios y productos de la canasta básica como carne de res, puerco, pollo y pescado, leche, huevo, diversas frutas, verduras, hortalizas, maíz, harinas, jabón, papel higiénico, entre otros de las fracciones arancelarias señaladas.

También reconoce la figura de la “Empresa Importadora de Productos de la Canasta Básica”, mediante la cual se podrá ejercer una “Licencia Única Universal para la importación de las mercancías incluidas en el Decreto”.

Con esta licencia, la empresa interesada podrá acreditar mediante escrito libre ante el SAT, el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria correspondiente al o los productos referidos en el decreto que vayan a ser importados.

Según se refiere en el mismo documento, lo anterior se establece sin perjuicio de que las diferentes autoridades en el ámbito de sus respectivas atribuciones, ejerzan el control, vigilancia, detección y comprobación de las mercancías contenidas en el decreto.

Las empresas que busquen ejercer estas facilidades deberán registrarse en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica, debiendo acreditar que:

  • Se encuentra inscrito en el Padrón de Importadores.
  • Su actividad económica o sector productivo corresponde con las mercancías que importará;
  • Ha importado las mercancías con anterioridad a la solicitud;
  • Asume las obligaciones y compromisos de cumplimiento colaborativo correspondientes.
  • Cumple con los requisitos que establezca el SAT mediante reglas de carácter general.

Corresponde al SAT emitir las reglas de carácter general, y a la ANAM emitir las reglas de operación, necesarias para la aplicación de este Decreto.

En ese sentido, en el portal del SAT, se dio a conocer la tercera versión anticipada de la tercera resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2022, que establecen la metodología para la Inscripción, suspensión, reincorporación o baja en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica.

El decreto entró en vigor a partir de este 20 de octubre de 2022 y estará vigente hasta el 28 de febrero de 2023, pudiendo extender la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 en los casos en los que se indica. 

El decreto publicado forma parte de las medidas anunciadas por el gobierno federal que buscan contrarrestar los efectos sobre los precios derivados de la tendencia inflacionaria. 

Para mayor entendimiento y aplicación, puede consultar los documentos completos en los siguientes enlaces: 

Decreto.

Resolución Anticipada.