La Dirección General Jurídica de Aduanas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió dos criterios orientadores en materia de despacho aduanero aplicables durante el ejercicio 2026. Los lineamientos tienen el propósito de resolver confusiones operativas y legales relacionadas con el régimen de tránsito interno de mercancías, dirigiendo sus resoluciones a agentes aduanales, agencias aduanales, importadores, exportadores y empresas transportistas.
Multas por arribo extemporáneo de mercancías
El primer criterio establece que la multa por no presentar las mercancías en el plazo concedido para su arribo a la aduana de despacho o de salida será aplicable a las personas señaladas en el artículo 129 de la Ley Aduanera, lo cual incluye a la empresa transportista.
Esta sanción procede incluso si la empresa no está obligada a contar con el registro de transportistas, ya que posee el conocimiento sobre las causas que originaron el retraso, la ubicación del medio de transporte y el estado de los candados oficiales o electrónicos. La sanción económica correspondiente equivale a un monto del 70 % al 100 % del valor en aduana de las mercancías.
El segundo criterio define el procedimiento para el uso de códigos y tasas en los pedimentos que amparen operaciones de tránsito interno a la importación. Se determina que es procedente declarar el código genérico “00000000” en el pedimento, conforme a lo previsto en el Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) y en los Lineamientos Técnicos de Registros VOCE-SAAI M3.
Uso de código genérico en pedimentos
Asimismo, se establece la obligación de determinar provisionalmente las contribuciones aplicando la tasa máxima señalada en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), junto con las cuotas compensatorias correspondientes.
Esta aclaración soluciona la contradicción interpretativa surgida por la reforma al artículo 129 de la Ley Aduanera, la cual penaliza la omisión o declaración incorrecta de la fracción arancelaria o número de identificación comercial (NICO).
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