IMMEX 4.0 busca resolver solicitudes en 15 días

La Secretaría de Economía presentó el programa IMMEX 4.0. Esta iniciativa tiene como motivación principal la modernización de la operación del programa, el fortalecimiento de la competitividad en la industria y la retención de inversiones. 

La Secretaría de Economía (SE) presentó el 30 de septiembre de 2026 el programa IMMEX 4.0. Esta iniciativa tiene como motivación principal la modernización de la operación del programa, el fortalecimiento de la competitividad en la industria y la retención de inversiones. 

Esta actualización integral resolvería la brecha operativa mediante tres pilares fundamentales:

  • Reducción de tiempos de atención para solicitudes de registro.
  • Interconexión de datos entre dependencias para asegurar la trazabilidad operativa.
  • Criterios normativos y fiscalización.

De acuerdo con la información difundida, los tiempos de resolución para los trámites clave de comercio exterior disminuirían hasta en un 89 % a partir del 28 de septiembre de 2026. Los registros nuevos de IMMEX y PROSEC se reducen a 15 días, mientras que las soluciones definitivas y temporales de Regla Octava se optimizan a 15 y 13 días, respectivamente.

Trámite de Comercio ExteriorPromedio AnteriorPlazo IMMEX 4.0Reducción ( %)
Registro IMMEX Nuevo140 días15 días89.3 %
Registro PROSEC Nuevo130 días15 días88.5 %
Regla Octava (Definitiva)53 días15 días71.7 %
Regla Octava (Temporal)64 días13 días79.7 %

Para la gestión y acceso a los datos, se habilitará una sección exclusiva dentro del portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), la cual incluye un enlace directo a la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior Mexicana (VUTCE). Esta plataforma integrará una lista de verificación, un apartado de preguntas frecuentes, estadísticas básicas, materiales auxiliares y una biblioteca jurídica. El despliegue de esta plataforma requiere dos meses y se encuentra en proceso bajo la administración de la Secretaría de Economía.

El control del programa integra un mecanismo de depuración focalizada y continua del padrón denominado “IMMEX Seguro”. Este proceso identifica a las empresas que presentan incumplimientos en la encuesta del INEGI o aquellas que reportaron en el reporte anual exportaciones inferiores al mínimo estipulado. El análisis se realiza de manera individualizada y determina la cancelación, el reempadronamiento o la actualización del registro en el padrón. Este sistema de depuración requiere tres meses de implementación.

La clasificación de las empresas se regirá mediante un modelo de riesgo que evalúa tres rubros: el cumplimiento regulatorio, el desempeño del uso del programa y las señales de riesgo por anomalías o atipicidades. Este modelo analiza variables operativas como el volumen de exportación, la continuidad, el retorno dentro de plazos, el historial de suspensiones, los precios unitarios y los países de origen. Tras un periodo de evaluación de seis meses, las empresas son categorizadas en los siguientes niveles:

  • Nivel Sobresaliente para aquellas con puntajes mayores a 90, el cual proporciona una reducción del 30 % en tiempos de respuesta, un reporte anual pre-llenado y la gestión simultánea de IMMEX y PROSEC.
  • Nivel Competente para evaluaciones entre 70 y 90 puntos, categoría que otorga una reducción del 20 % en tiempos de trámite y establece un grado de fiscalización media.
  • Nivel En desarrollo para calificaciones menores a 70 puntos, donde los tiempos de atención operan conforme a la normatividad regular y se aplica una fiscalización mayor para incentivar el cumplimiento.

El modelo de riesgo requiere cinco meses para su implementación y permite la generación de listados públicos para el conocimiento de los beneficios correspondientes a cada nivel. Adicionalmente, el sistema elabora fichas internas de uso exclusivo para que la Secretaría de Economía identifique inconsistencias y focalice las revisiones.

En relación con las disposiciones arancelarias, el esquema exige declarar la fracción específica para los regímenes definitivos y temporales que emplean la Regla octava. Este requisito conlleva la modificación del Acuerdo de Reglas de la Secretaría de Economía y la creación de un identificador en el Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior del SAT. De manera paralela, se programa una actualización del Decreto PROSEC para el año 2027, con el objetivo de ajustar las fracciones arancelarias de los artículos cuarto y quinto para integrar los insumos y productos de los sectores emergentes.

El rediseño integral de estos procesos y sistemas evita la duplicidad de documentos y otorga facilidades administrativas en función del perfil de cada entidad de comercio exterior. La operación del programa se mantiene bajo la coordinación de la Subsecretaría de Industria y Comercio y la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior.

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