El derecho a la previsibilidad de los horarios de trabajo en turnos rotativos podría ser analizado en la Cámara de Diputados tras la presentación de una iniciativa para regular en la Ley Federal del Trabajo el tiempo de anticipación con el que los empleadores deben informar sus horarios al personal con jornadas variables.
La propuesta plantea la incorporación del artículo 59 Bis para otorgar a las personas trabajadoras sujetas a turnos rotativos o cambios periódicos de jornada el derecho a conocer su horario laboral semanal con una anticipación mínima de 72 horas previas al inicio de la primera jornada.
Las personas trabajadoras sujetas a turnos rotativos, horarios variables o cualquier esquema de organización del trabajo en el que cambien periódicamente los horarios de la jornada o los días de descanso semanal tendrán derecho a conocer su horario laboral semanal con una anticipación mínima de setenta y dos horas previas al inicio de la primera jornada diaria comprendida en dicho horario, se indica en el proyecto normativo. El proyecto busca mejorar la organización del tiempo de los empleados y evitar la incertidumbre personal.
Al respecto, el diputado Juan Ignacio Zavala afirma en la iniciativa que no basta con reconocer formalmente un día de descanso o un máximo de horas laborales a la semana si su distribución puede modificarse constantemente o comunicarse con una anticipación insuficiente para organizar la vida.
La información sobre los turnos deberá compartirse por escrito o mediante medios electrónicos, incluyendo días laborables, modalidad de la jornada, horas de inicio y conclusión, periodos de descanso dentro del turno y días de descanso.
La iniciativa prohíbe la modificación unilateral de los horarios una vez comunicados, permitiendo alteraciones únicamente por causas de fuerza mayor, circunstancias extraordinarias indispensables para la continuidad de las operaciones o a solicitud del trabajador.
Para garantizar su cumplimiento, se establece una sanción de 5,865 a 29,327 pesos por no acatar el tiempo mínimo de aviso o modificar los horarios de forma unilateral sin causa justificada.
Con información de El Economista
