EE. UU. impone arancel de 10 % a México bajo la Sección 301; mantiene excepciones para el T-MEC

EU impone un nuevo arancel del 10% a México bajo la Sección 301. Conoce qué productos están afectados, las excepciones clave bajo el T-MEC.

La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) hizo pública una acción regulatoria que impone un arancel de entre el 10 % y el 12.5 % al amparo de la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 a 60 economías, incluido México.

Esta directriz, difundida el 23 de julio de 2026 a través del Servicio de Mensajería del Sistema de Carga (CSMS #69326983) de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), entró en vigor a las 12:01 a.m. (tiempo del Este) del 24 de julio de 2026.

Aunque aún no se refiere evidencia, las autoridades estadounidenses explicaron que el objetivo de este ajuste es combatir el uso de trabajo forzoso en las cadenas de suministro internacionales y sancionar el incumplimiento o aplicación deficiente de prohibiciones a la importación de bienes elaborados bajo estas condiciones.

Excepciones para México

A pesar de la inclusión de México en la lista general con una tasa del 10 % (clasificación HTSUS 9903.05.55), se establece una exención para los productos de origen mexicano que ingresen a territorio estadounidense cumpliendo las reglas y disposiciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

La regulación publicada contempla excepciones adicionales que benefician al intercambio bilateral, entre las que destacan:

  • Mercancías en tránsito hacia Estados Unidos embarcadas antes del 24 de julio y registradas antes del 28 de julio de 2026.
  • Insumos y bienes de las industrias automotriz (vehículos de pasajeros y de carga, así como sus autopartes), siderúrgicas, de aluminio, cobre, madera y semiconductores.
  • Componentes de aviación civil y artículos destinados a aplicaciones farmacéuticas.
  • Material informativo y donaciones humanitarias.

Para la aplicación práctica de estas disposiciones, la CBP dio instrucciones a los agentes aduanales e importadores para declarar las mercancías en los sumarios de entrada siguiendo el orden del Arancel Armonizado (HTSUS), priorizando los capítulos de excepciones y remedios comerciales antes de la clasificación general del producto.

Nuevos aranceles sustituyen a Sección 122

Estos nuevos aranceles sustituyen a los señalados en la Sección 122, vigente a partir del 24 de febrero de 2026, tras concluir el plazo legal de 150 días.

La medida imponía un arancel global de 10 % para las importaciones mexicanas que no cumplían con las reglas de origen del T-MEC y se aplicó tras la anulación del Tribunal Supremo de los Estados Unidos a los aranceles bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) el 20 de febrero de este año.

Con información de CBP.