Ley del ISR mantiene topes de deducción sin actualizar desde 2013

Los topes de deducción del ISR para autos y viáticos acumulan 74% de rezago frente al INPC desde 2013.

La Ley del ISR fija el límite de deducción de automóviles en 175,000 pesos y los arrendamientos en 200 pesos diarios por vehículo, montos establecidos en 2013 que no han sido actualizados. Ajustados al INPC —que pasó de 83,770 en diciembre de 2013 a 145,831 en abril de 2026—, el tope debería rondar los 305,000 pesos, un rezago acumulado de aproximadamente 74%.

¿Cuál es el problema fiscal de fondo?

Cuando una deducción reconoce el gasto pero lo limita con montos que no reflejan el mercado actual, el contribuyente tributa sobre una utilidad que en términos económicos no necesariamente existe. Emilio Rascón Máynez, socio principal de Rascón, Garza & Abogados, señala que el efecto es contable, económico y eventualmente constitucional.

¿Qué otros rubros presentan el mismo rezago?

La misma lógica aplica a otros conceptos regulados por la Ley del ISR:

  • Arrendamiento de aviones sin concesión comercial: deducible hasta 7,600 pesos diarios por aeronave.
  • Viáticos de alimentación en aeropuertos, zonas hoteleras y ciudades con costos elevados.
  • Hospedaje en el extranjero para operaciones de exportación o expansión internacional.

¿Quiénes resultan más afectados?

Las pequeñas y medianas empresas resienten el impacto con mayor intensidad. Una gran empresa puede compensarlo mediante planeación fiscal o volumen financiero; una PyME enfrenta cada peso no deducible como una carga directa sobre su flujo de caja. Rascón Máynez plantea que actualizar estos límites no constituye una concesión, sino una forma de medir con precisión la capacidad contributiva real del contribuyente.

Con información de Forbes