Eliminan dictaminación de avisos en comercio exterior para agilizar trámites

Autoridades eliminaron la dictaminación de Avisos de comercio exterior en la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior para agilizar trámites.

La Secretaría de Economía (SE), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), en coordinación con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), anunciaron la eliminación de la dictaminación de Avisos en materia de comercio exterior.

Esta medida aplica para los trámites que se presentan ante dichas autoridades a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior y tiene como objetivo agilizar las actividades económicas.

¿Cuál es el marco legal y operativo de esta medida?

La eliminación de este proceso se realiza en el marco del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2026. En dicho documento se habilita la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior y se establece que operará bajo los principios de estandarización, interoperabilidad, uso de datos, trazabilidad, seguridad de la información, enfoque de persona usuaria, mejora continua y eliminación de cargas administrativas innecesarias. Al ser considerados trámites autogestivos, los Avisos ya no requerirán una resolución expresa.

¿Qué papel desempeña la autoridad en esta simplificación?

En su calidad de Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización, la ATDT dio acompañamiento a las autoridades de comercio exterior para eliminar las cargas administrativas innecesarias y optimizar los tiempos de atención.

De acuerdo con la agencia, esta estrategia fortalece la certeza jurídica, mejora la experiencia de las personas usuarias y contribuye a una administración pública más eficiente, accesible y transparente.

La medida obedece a que dichos trámites tienen como finalidad únicamente informar sobre la realización de actividades reguladas por dichas autoridades.

¿Cuáles son las obligaciones y excepciones para los particulares?

Esta modificación no exime a los particulares regulados del cumplimiento de las disposiciones normativas en la materia. Por lo tanto, los usuarios continúan sujetos a las acciones de verificación, vigilancia y control de la SE, el SAT y la ANAM, así como a las sanciones administrativas que les resulten aplicables en su caso.

Por otra parte, se exceptúan de esta medida los trámites de Avisos automáticos de importación de productos siderúrgicos, Avisos Automáticos de Exportación de Tomate Fresco, y los Avisos automáticos de importación de máquinas de funcionamiento eléctrico, electrónico, mecánico o combinación de ellos, a través de las cuales se realicen sorteos con números o símbolos sujetos al azar, únicamente en su modalidad de informe de observaciones respecto de los estándares mínimos de seguridad que deriven de cualquier inspección de supervisión de cumplimiento.

Asimismo, quedan excluidas las modalidades de Modificación Alta de domicilio de una planta, bodega o almacén – IMMEX y Modificación Alta de domicilio de una planta, bodega o almacén – PROSEC.

Estas exclusiones responden estrictamente a los ajustes técnicos que actualmente deben implementarse en los sistemas correspondientes, por lo que las autoridades comunicarán oportunamente los detalles y el procedimiento a seguir a través de las vías oficiales.

Con información del SAT