La Secretaría de Economía de México publicó el Acuerdo que formaliza la Decisión No. 127 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre México y Colombia. Esta medida establece facilidades temporales para la industria textil y del vestido entre ambas naciones.
El dictamen, emitido previamente por el Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI), determinó la incapacidad real de los productores para abastecerse de ciertos materiales en condiciones comerciales normales dentro de la zona de libre comercio.
Ante este desabasto, la Comisión autorizó el uso de insumos originarios de fuera de la región para que los productos finales confeccionados en Colombia mantengan el trato arancelario preferencial al ingresar a territorio mexicano.
Las modificaciones aprobadas consisten en:
- Un incremento temporal en el monto de importación para hilados de filamentos sintéticos de poliéster (100% con Poli Butilen Tereftalato), fijando un tope de 110,000 kilogramos netos. Esta disposición aplica desde el 27 de mayo hasta el 17 de septiembre de 2026.
- Una prórroga de un año para la dispensa de hilados de elastómeros (100% elastán), con un límite de 3,600 kilogramos netos. Su vigencia corre del 27 de mayo de 2026 al 26 de mayo de 2027.
Para acceder a estos beneficios, los bienes deben cumplir con los mecanismos de verificación correspondientes y el certificado de origen emitido en Colombia debe incluir anotaciones específicas que detallen el volumen utilizado y las fracciones arancelarias correspondientes.
Con información del DOF.
