Inicia el examen de vigencia de cuotas compensatorias a productos de presfuerzo de China, España y Portugal

La Secretaría de Economía publicó la Resolución del examen de vigencia de las cuotas compensatorias aplicables a las importaciones de productos de presfuerzo originarias de China, España y Portugal, independientemente del país de procedencia. 

La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución de inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias aplicables a las importaciones de productos de presfuerzo originarias de China, España y Portugal, independientemente del país de procedencia. 

El inicio del examen responde a que estas cuotas, impuestas originalmente tras una investigación antidumping, llegaban a su fecha de vencimiento. En la resolución se recuerda que, en 2016, la Secretaría determinó cuotas compensatorias definitivas por kilogramo para dichas importaciones: 

  • China: 1.02 dólares/kg.
  • España: 0.13 dólares/kg (para Global Special Steel Products, S.A.U. y demás exportadoras).
  • Portugal: 0.40 dólares/kg. 

Posteriormente, en 2022 se prorrogó su vigencia por cinco años contados desde el 27 de febrero de 2021. 

El producto objeto de examen son las mercancías ingresan al mercado nacional por diversas fracciones de la TIGIE, incluyendo 7217.10.02 y 7312.10.01 / .05 / .07 / .08 / .99, entre otras especificaciones con NICO. 

Para la etapa de inicio, la Secretaría determinó que el periodo de examen será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, y el periodo de análisis del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2025, conforme a lo previsto en el RLCE. 

De forma relevante para las operaciones de comercio exterior, la resolución precisa que las cuotas compensatorias definitivas continuarán vigentes mientras se tramita el examen (y, en su caso, podrá garantizarse su pago en los términos aplicables). 

Con información del DOF.