Reformas sobre violencia laboral: vacíos en su implementación efectiva

Las recientes reformas sobre violencia laboral y de género marcan un nuevo capítulo en la dignificación del trabajo en México, pero también evidencian los límites de la legislación frente a los desafíos estructurales de prevención, seguimiento e inspección.

Las recientes reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) sobre violencia laboral y de género, en vigor desde el 16 de enero de 2026, marcan un nuevo capítulo en la dignificación del trabajo en México, pero también evidencian los límites de la legislación frente a los desafíos estructurales de prevención, seguimiento e inspección.

Aunque el país ratificó en 2022 el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y su Recomendación 206, la adecuación normativa tardó cuatro años en concretarse.

Entre los cambios más relevantes destaca la obligación de los empleadores de capacitar al personal para prevenir la violencia laboral contra las mujeres, alineándose con compromisos internacionales como la Convención Interamericana para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra la Mujer y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, explicó Verónica Hernández Guadarrama, directora ejecutiva de IDEIB Consulting.

Hernández subraya que esta reforma refuerza la NOM-035-STPS-2018, orientada a identificar y prevenir conductas de riesgo, y se articula con la NOM-025-STPS-2015, aunque esta última no es obligatoria. Sin embargo, advierte que el reto es pasar del discurso a la práctica.

Por su parte, Alix Trimmer, fundadora de Laboral Interseccional (LAIN), considera que la NOM 035 “adolece” de mecanismos reales de implementación, ya que la ley impone obligaciones que suelen cumplirse solo mediante cuestionarios, sin instrucciones claras sobre cómo usar la información obtenida o cómo prevenir efectivamente los riesgos psicosociales. 

Además, apunta que la norma no está alineada con el Convenio 190 de la OIT, que reconoce explícitamente el acoso y el hostigamiento sexual como riesgos psicosociales.

El desafío también alcanza a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), responsable de verificar el cumplimiento mediante inspecciones. 

Trimmer advierte que “no existen parámetros claros ni suficiente personal” para supervisar a las empresas, lo que convierte la aplicación de la ley en una “lotería de cumplimiento”.

Pese a los avances, las expertas coinciden en que México aún necesita actualizar la NOM 035, homologar conceptos con el Convenio 190 y fortalecer su sistema de inspección laboral. Sin estas acciones, la nueva legislación corre el riesgo de quedarse en el terreno simbólico, sin traducirse en una mejora tangible en la salud mental, la seguridad y la dignidad de las personas trabajadoras.

Con información de El Economista.