ANAM concluye transición al Formulario Múltiple de Pago para Comercio Exterior

La ANAM anunció la conclusión definitiva del proceso de transición en los mecanismos de pago aplicables a los derechos, productos y aprovechamientos relacionados con diversos trámites de comercio exterior. 

La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) informó la conclusión definitiva del proceso de transición en los mecanismos de pago aplicables a los derechos, productos y aprovechamientos relacionados con diversos trámites de comercio exterior. 

A partir de esta actualización, los pagos que anteriormente se realizaban mediante el esquema e5cinco deberán efectuarse exclusivamente a través del D9 – Formulario Múltiple de Pago para Comercio Exterior (FMPCE).

El cambio deriva del seguimiento al Boletín Informativo número 34 emitido en noviembre de 2023 y tiene como objetivo consolidar un esquema de pago más eficiente y alineado con los procesos operativos actuales de la autoridad aduanera. 

La ANAM precisó que esta modalidad aplica para pagos vinculados con diversas Reglas Generales de Comercio Exterior, así como para la solicitud de copias certificadas de pedimentos y sus anexos, y una amplia gama de fichas de trámite contenidas en el Anexo 2 de las RGCE, publicado el 12 de enero de 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Con la adopción del FMPCE, los pagos quedan registrados en tiempo real, lo que permite a los usuarios verificar su estatus de manera inmediata a través de las plataformas electrónicas habilitadas por la autoridad fiscal. 

Para facilitar la correcta aplicación de este esquema, la ANAM puso a disposición de los contribuyentes una Guía rápida de Derechos ANAM, en la que se detallan los trámites y servicios sujetos a este mecanismo, así como el procedimiento para el llenado del formulario.

La autoridad también aclaró que determinados derechos federales continuarán pagándose mediante e5cinco, específicamente aquellos previstos en el artículo 40, incisos a) y m), de la Ley Federal de Derechos, lo que obliga a los usuarios a identificar con precisión el medio de pago aplicable según el concepto correspondiente.

Este aviso, emitido desde la Ciudad de México el 9 de enero de 2026, no cuenta con una vigencia determinada, por lo que sus disposiciones resultan aplicables de manera inmediata y permanente. 

Para las empresas y profesionales del comercio exterior, este ajuste implica la necesidad de actualizar procesos internos, instructivos de pago y controles administrativos, a fin de evitar rechazos, retrasos o inconsistencias en la gestión de trámites ante la autoridad aduanera.

Con información de la ANAM.