Economía impone cuota compensatoria al caucho SBS de China

México impone cuota compensatoria definitiva a las importaciones de caucho SBS originarias de China tras concluir investigación antidumping.

La Secretaría de Economía dio a conocer la resolución final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de caucho termoplástico estireno butadieno estireno (SBS) originarias de la República Popular China. Esta medida se establece con el propósito de atender las prácticas de comercio internacional relacionadas con la discriminación de precios y garantizar condiciones equitativas para la industria nacional.

Conclusión del procedimiento y aplicación de cuotas compensatorias

La Secretaría de Economía declaró concluido el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios.

Como resultado, se impuso una cuota compensatoria definitiva de 0.8324 dólares por kilogramo a las importaciones de hule SBS originarias de China, independientemente del país de procedencia.

La medida aplica a las mercancías que ingresen bajo las fracciones arancelarias 3903.90.99, 4002.11.99, 4002.19.02, 4002.19.99 y 4002.99.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), o por cualquier otra fracción aplicable.

Implementación por parte de la Secretaría de Hacienda

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será responsable de aplicar la cuota compensatoria definitiva en todo el territorio nacional, conforme a lo establecido en la resolución.

Asimismo, se especifica que los importadores no estarán obligados al pago de la cuota compensatoria si acreditan que el país de origen de la mercancía es distinto a China.

La comprobación del origen deberá realizarse conforme al “Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 1994, junto con sus posteriores modificaciones.

Notificación y entrada en vigor

La Secretaría de Economía notificó la resolución a las partes interesadas y comunicó su contenido a la Agencia Nacional de Aduanas de México y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para los efectos legales correspondientes.

La resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y se archiva el expediente como total y definitivamente concluido.

Con esta resolución, la Secretaría de Economía concluye el proceso administrativo en materia de prácticas desleales de comercio internacional relacionadas con las importaciones de caucho termoplástico SBS, estableciendo las medidas necesarias para regular las condiciones de competencia en el mercado nacional.

Con información del DOF