México impone cuotas compensatorias a las láminas de policarbonato de China

La Secretaría de Economía impuso cuotas compensatorias provisionales a las importaciones de láminas de policarbonato originarias de China

La Secretaría de Economía publicó el 7 de octubre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación la resolución preliminar mediante la cual impone cuotas compensatorias provisionales a las importaciones de láminas de policarbonato originarias de China, independientemente del país de procedencia.

Las medidas se aplican a las mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias 3916.90.91, 3920.61.01, 3921.19.91 y 3925.90.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), que corresponden a láminas de policarbonato en sus presentaciones celular, corrugada y sólida o compacta.

Las cuotas compensatorias provisionales establecidas son las siguientes:

  • 16.43% para las exportaciones de Jiangsu ANKO Optical Materials Co., Ltd.
  • 22.75% para Jiangxi Polyrise Technology Co., Ltd.
  • 31.20% para las demás exportadoras chinas.

La autoridad determinó además excluir de la investigación las láminas de policarbonato de calidad automotriz destinadas al acristalamiento de vehículos, al considerar que no son comparables con el producto objeto de investigación.

Las medidas permanecerán vigentes mientras se desarrolla la etapa final del procedimiento, en la que se decidirá si las cuotas se vuelven definitivas.

Con información del DOF.