La Secretaría de Economía dio a conocer este 8 de octubre de 2025, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución Preliminar del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de la República Popular China, incrementando el monto de 13.12 a 57.19 dólares por pieza.
La medida surge tras comprobarse un incremento sustancial en los márgenes de discriminación de precios en las exportaciones chinas, que llegaron a niveles promedio de 336%, lo que hizo evidente que la cuota establecida en 2015 había dejado de ser efectiva para neutralizar las prácticas de dumping y proteger a la industria nacional.
De acuerdo con la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI), la revisión abarcó el periodo comprendido entre octubre de 2023 y septiembre de 2024, y fue solicitada por la Asociación Nacional de Fabricantes de Bicicletas (ANAFABI) junto con las empresas Bicicletas Mercurio, Veloci, Supermex y Benotto.
Las productoras nacionales argumentaron que, pese a la vigencia de la cuota de 13.12 dólares, las importaciones chinas continuaron ingresando a precios dumping y con volúmenes crecientes que afectaron la producción local.
La Secretaría de Economía consideró acreditado un cambio de circunstancias conforme a los artículos 68 de la Ley de Comercio Exterior y 99 de su Reglamento, al constatar que la cuota compensatoria vigente resultaba insuficiente frente al aumento de los márgenes de dumping.
Por ello, determinó elevarla a 57.19 dólares por pieza, medida que se aplicará provisionalmente hasta que se emita la resolución final del procedimiento.
En la revisión participaron también las importadoras Comercializadora México Americana (CMA) e Importacop, S.A. de C.V., que solicitaron suspender el proceso por la existencia de litigios en curso; no obstante, la autoridad desestimó sus argumentos y ratificó su competencia para continuar la revisión de manera independiente, conforme a los compromisos de México en la Organización Mundial del Comercio (OMC).
La Secretaría reiteró que la aplicación simultánea de la cuota compensatoria y el arancel temporal de 35% vigente para las importaciones de bicicletas no implica una doble protección, ya que ambos instrumentos tienen propósitos distintos: el arancel es una medida recaudatoria y de política industrial, mientras que la cuota compensatoria es correctiva y busca restablecer condiciones de competencia leal en el mercado.
Con este ajuste, la autoridad busca fortalecer la defensa de la producción mexicana de bicicletas frente a las prácticas de dumping de origen chino, asegurando un entorno competitivo equilibrado y conforme a las normas internacionales de comercio.
Con información del DOF.
