México elimina cuota compensatoria a importaciones de torres de viento originarias de China

La Secretaría de Economía informó la eliminación de la cuota compensatoria definitiva del 21% que desde 2020 se aplicaba a las importaciones de torres de viento originarias de China

La Secretaría de Economía informó la eliminación de la cuota compensatoria definitiva del 21% que desde 2020 se aplicaba a las importaciones de torres de viento originarias de la República Popular China, independientemente de su país de procedencia. La medida dejará de tener efecto a partir del 6 de octubre de 2025.

La decisión se tomó conforme al Acuerdo Antidumping de la OMC y a la Ley de Comercio Exterior, que establecen que las cuotas compensatorias deben eliminarse tras cinco años de vigencia, salvo que un productor nacional solicite un procedimiento de examen para mantenerlas. 

En este caso, aunque la Secretaría de Economía notificó con anticipación el vencimiento de la medida, ningún productor nacional manifestó interés en prolongar su aplicación.

La cuota compensatoria había sido impuesta el 5 de octubre de 2020, después de que una investigación antidumping determinara que las torres de viento chinas se comercializaban en México a precios inferiores a su valor normal, generando condiciones de competencia desleal en el mercado.

El aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación señala que las importaciones del producto, clasificadas en la fracción arancelaria 8502.31.01 de la TIGIE, quedarán libres de esta medida a partir de la fecha indicada. Además, se instruyó notificar a las partes interesadas y comunicar la decisión al SAT y a la Agencia Nacional de Aduanas de México.

Con información del DOF.