México perdió su primer panel laboral en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) en el caso Atento.
El procedimiento derivó de una queja presentada por el Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana (STRM) ante el Departamento de Trabajo de Estados Unidos, en la que se señalaron violaciones a los derechos colectivos de trabajadores de un call center en Pachuca, Hidalgo.
Aunque el fallo generó inconformidad en el gobierno mexicano, especialistas señalaron que el caso representa un precedente para todas las industrias, independientemente de si exportan o no, en cuanto al cumplimiento de derechos laborales colectivos.
Jimena Sánchez Argoytia, socia fundadora de Employment Legal Aid, indicó que persisten prácticas patronales que vulneran los derechos de los trabajadores, como la injerencia en sindicatos.
Ernesto de la Puente, asociado senior en Santamarina y Steta, explicó que la jurisdicción del panel no se limita a instalaciones que exportan, sino también a aquellas que compiten con servicios y productos.
El marco jurídico en México, a través de la Constitución y la Ley Federal del Trabajo, protege la libertad de asociación y negociación colectiva. Sin embargo, aún existen empleadores que limitan estos derechos, lo que puede derivar en discriminación, exclusión y conflictos laborales, especialmente en micro, pequeñas y medianas empresas.
El Comité Laboral Interinstitucional de Estados Unidos, encargado de recibir quejas bajo el capítulo laboral del T-MEC, señala que los trabajadores tienen derecho a afiliarse a sindicatos, hacer campaña por ellos y decidir sobre acuerdos colectivos.
La negación de estos derechos activa el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR). Desde la reforma laboral de 2019, que introdujo disposiciones en materia de democracia sindical y negociación colectiva, este mecanismo se ha activado más de 30 veces.
El caso Atento refleja la necesidad de que las empresas no solo cumplan con la Ley Federal del Trabajo, sino que también aseguren la protección de los derechos laborales en el contexto de las relaciones comerciales internacionales.
Para evitar sanciones, los especialistas recomendaron capacitación constante en materia de libertad sindical y negociación colectiva, con especial atención en los mandos medios. También se sugirió mantener políticas de neutralidad y evitar despidos de trabajadores que busquen sindicalizarse.
Las sanciones derivadas de un panel laboral bajo el T-MEC pueden incluir la suspensión de beneficios arancelarios y restricciones a la entrada de mercancías en Estados Unidos. En caso de reincidencia, las medidas pueden extenderse hasta la prohibición de acceso al mercado estadounidense.
De la Puente advirtió que el caso Atento debe considerarse como una señal de que el costo de incumplir con los derechos colectivos será cada vez más alto debido al alcance de la jurisdicción estadounidense sobre las industrias en México.
Con información de El Economista
