Reforma ferroviaria: crean la ATTPI y fortalecen regulación del transporte en México

Entre los principales cambios se encuentra la creación de la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado (ATTPI), que asumirá funciones actualmente a cargo de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF).

Como parte de las reformas publicadas por la Presidencia de la República el 16 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se encuentran los cambios a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y otras legislaciones vinculadas, con el objetivo de reforzar la regulación, operación e infraestructura del transporte ferroviario en el país. 

Entre los principales cambios se encuentra la creación de la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado (ATTPI), que asumirá funciones actualmente a cargo de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF).

De acuerdo con el decreto, las reformas tienen por objeto regular la construcción, operación, explotación, conservación y mantenimiento de las vías férreas, garantizando su interconexión como vías generales de comunicación, y promoviendo condiciones de competencia en el transporte ferroviario tanto de pasajeros como de carga.

Además de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, también se modificaron la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, la Ley de Vías Generales de Comunicación, y la Ley General de Bienes Nacionales, con el fin de armonizar el marco legal y operativo del sector ferroviario.

El decreto subraya que el sector ferroviario es un área prioritaria para el desarrollo nacional, y que el Estado debe proteger la seguridad y soberanía de la Nación al tiempo que fomenta la eficiencia y la libre competencia entre los diferentes modos de transporte.

Entre los puntos destacados se incluyen:

  • La asignación de títulos para la construcción y operación de vías férreas.
  • La autorización de servicios auxiliares como líneas eléctricas, fibra óptica, postes y cercas.
  • El fomento de infraestructura multimodal para mejorar la conectividad del transporte de pasajeros y carga.
  • La aprobación de pólizas de seguros y emisión de lineamientos para verificar la operación del sistema ferroviario.

Para obtener una concesión o asignación, las personas interesadas deberán demostrar su capacidad jurídica, técnica, administrativa y financiera. 

También se establecen nuevas disposiciones en materia de interconexión, derechos de paso y sanciones.

El Ejecutivo contará con 180 días naturales para emitir las modificaciones correspondientes al Reglamento del Servicio Ferroviario. En cuanto a la nueva agencia ATTPI, deberá ser creada en un plazo de 90 días hábiles, y absorberá todos los asuntos en trámite de la actual ARTF.

Finalmente, el decreto aclara que la creación de la ATTPI se hará sin requerir presupuesto adicional, utilizando los recursos ya aprobados para la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

Con información de T21.