- Se exentan productos elaborados con acero o aluminio fundido y vertido en EE. UU.
Estados Unidos dio a conocer que desde el 23 de junio de 2025 aplica un arancel de 50% ad valorem bajo la Sección 232 a las importaciones de productos derivados de acero, clasificados en los Capítulos 84, 85 y 94 del del Programa Arancelario Armonizado de ese país (HTSUS)
Así lo dio a conocer la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) por medio del Servicio de Mensajería de Sistemas de Carga (CSMS) #65441222.
Los productos afectados incluyen refrigeradores, secadoras, lavadoras, lavavajillas, congeladores, estufas, trituradores de alimentos y estantes de alambre soldados.
Estos deberán reportarse bajo los siguientes códigos del Capítulo 99 del HTSUS:
- 9903.81.91 – Todos los países, excepto Reino Unido: 50% ad valorem sobre el valor del contenido de acero.
- 9903.81.98 – Reino Unido: 25% ad valorem.
- 9903.81.92 – Todos los países: Si el producto se procesó a partir de acero fundido y vaciado en EE.UU. 0% ad valorem.
Estas medidas también aplican a mercancías con estatus privilegiado en zonas de comercio exterior ingresadas al consumo después del 23 de junio. No se permite drawback (reembolso de aranceles) en estos casos.
Con información de la CBP.