La agenda laboral en México tendrá un impulso en la segunda mitad del año con la entrada en vigor de la Ley Silla, el inicio de un programa piloto para trabajadores de plataformas digitales y el arranque de foros sobre la reducción de la jornada laboral.
La Ley Silla
Durante junio se activarán las tres iniciativas. El 17 de junio entra en vigor la Ley Silla, la cual establece como exigible el derecho al descanso en un asiento con respaldo durante la jornada laboral.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), promulgada en diciembre de 2024, contempló un periodo de transición de 180 días que concluye este mes.
Esta disposición está dirigida principalmente a centros de trabajo en los sectores de comercio, servicios y similares. En actividades industriales será aplicable únicamente cuando la naturaleza del trabajo lo permita.
Desde esa fecha comenzarán a contarse los 30 días naturales con los que cuenta la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para emitir la normatividad correspondiente, en forma de lineamientos.
La reforma también prohíbe a los empleadores exigir que el personal permanezca de pie durante toda la jornada, y faculta la regulación del uso de asientos mediante reglamentos internos.
Foros sobre la reducción de la jornada laboral
El 19 de junio iniciarán los foros de discusión coordinados por la STPS para construir un proyecto de consenso que permita avanzar hacia la jornada laboral de 40 horas en 2030.
Estos espacios concluirán el 7 de julio, y se prevé que deriven en una propuesta para enviar al Congreso de la Unión en el siguiente periodo ordinario de sesiones, que comienza en septiembre.
Las entidades donde se realizarán los foros son Ciudad de México, Nuevo León, Jalisco, Baja California, Querétaro y Quintana Roo.
Afiliación al IMSS de empleados de plataformas digitiales
El 27 de junio comenzará el programa piloto de afiliación obligatoria al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para personas que laboran a través de plataformas digitales.
Este ejercicio permitirá evaluar adecuaciones al régimen de seguridad social para este grupo de trabajadores.
La reforma, promulgada en diciembre de 2024, incorporó un nuevo capítulo en la LFT para regular el trabajo por aplicaciones.
Establece el acceso a la seguridad social para repartidores y conductores con ingresos iguales o superiores a un salario mínimo mensual, y una cobertura contra accidentes sin distinción de ingresos.
Con información de El Economista