El 3 de junio de 2025, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump firmó una nueva proclamación mediante la cual se incrementan los aranceles a las importaciones de acero y aluminio, así como a sus derivados, del 25% al 50% ad valorem, a partir del 4 de junio de 2025.
Esta decisión surge como parte de una estrategia para reforzar la industria nacional y atender preocupaciones de seguridad nacional conforme a la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962.
El Departamento de Comercio concluyó que las importaciones masivas y a bajo costo de estos materiales afectan la competitividad de las industrias siderúrgica y del aluminio, lo que representa una amenaza para la defensa nacional. Aunque los aranceles anteriores brindaron cierto alivio, no lograron generar niveles sostenidos de utilización de capacidad industrial.
Cambios destacados
- Nuevos aranceles del 50% aplicarán a productos clasificados en los capítulos 73 (acero) y 76 (aluminio) del HTSUS.
- Se mantienen los aranceles del 25% para productos provenientes del Reino Unido, en el marco del Acuerdo de Prosperidad Económica firmado el 8 de mayo de 2025.
- Se modifica la aplicación de aranceles múltiples conforme a la Orden Ejecutiva 14289 para evitar la doble imposición.
- Se refuerzan las exigencias de declaración precisa del contenido de acero o aluminio en productos compuestos, con sanciones severas por incumplimiento, que podrían incluir multas, pérdida de privilegios de importación e incluso responsabilidad penal.
- Las mercancías ingresadas a zonas de comercio exterior con estatus privilegiado antes de la entrada en vigor deberán pagar los nuevos aranceles al momento de su consumo.
Nueva prioridad para evitar cobros acumulados
De acuerdo con información de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP), cuando un producto esté sujeto a más de una medida arancelaria, se aplicará solo el arancel correspondiente con mayor prioridad, siguiendo este orden:
- Aranceles Sección 232 a autos y autopartes.
- Aranceles Sección 232 al aluminio.
- Aranceles Sección 232 al acero.
- Aranceles por emergencia económica (IEEPA) a Canadá.
- Aranceles IEEPA a México.
Los productos que califican para trato preferencial bajo el T-MEC no estarán sujetos a aranceles IEEPA ni a la Sección 232 sobre autopartes pero sí a las de acero y aluminio.
Cabe recordar que las reglas modificadas son retroactivas para mercancías ingresadas desde el 4 de marzo de 2025, aunque el nuevo orden de prioridad aplica únicamente a mercancías ingresadas a partir del 4 de junio.
Los importadores que hayan pagado aranceles múltiples podrán solicitar reembolsos a través de correcciones o protestas aduaneras, siempre que sus entradas aún no estén finalizadas.
Con información de la Casa Blanca y la CBP.