- La medida busca reforzar el monitoreo de las exportaciones mexicanas.
El pasado 3 de junio de 2025, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican.
Ese documento obliga a las empresas a notificar anticipadamente la salida de ciertas mercancías del país, como respuesta a la necesidad de contar con datos más precisos y oportunos para la formulación de políticas industriales y comerciales.
Aunque originalmente entraba en vigor el 4 de junio de 2025, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) resolvió prorrogar su aplicabilidad hasta el 7 de julio de 2025, permitiendo así a las empresas adaptarse a los nuevos lineamientos.
La medida aplica a una lista específica de fracciones arancelarias de la TIGIE, que abarcan desde productos agroindustriales hasta equipos electrónicos y partes automotrices. A continuación, algunos de los productos incluidos:
¿Qué cambia con la prórroga?
La resolución publicada en el Oficio No. 516.2025.1850 de la DGFCCE indica lo siguiente:
- Las solicitudes de aviso automático de exportación serán recibidas a partir del 30 de junio de 2025.
- No se considerarán válidas aquellas solicitudes enviadas antes de esa fecha.
- La obligatoriedad de contar con el aviso automático comenzará el 7 de julio de 2025.
¿Cómo se tramita el aviso automático?
A través del boletín B. SNICE 004/2025, se dio a conocer que las solicitudes deberán enviarse al correo aviso.exportacion@economia.gob.mx, cumpliendo los siguientes requisitos:
Documentos adjuntos (con nombre específico):
- Formato-AAE (Excel oficial descargado de SNICE)
- Escrito Libre (PDF, conforme a la regla 1.3.5 del Acuerdo de Reglas de Comercio Exterior)
- Acreditación (PDF que demuestre personalidad jurídica)
- Identificación (PDF con identificación oficial del solicitante)
Reglas clave:
- El asunto del correo debe ser: “Solicitud de Aviso”.
- Solo se aceptan archivos en formato PDF y Excel.
- El correo electrónico dentro del Excel debe coincidir con el que se utiliza para enviar la solicitud.
- No se aceptan cadenas de correos ni formatos como ZIP, JPG, Word, etc.
El trámite estará disponible de lunes a viernes entre 9:00 y 18:00 horas. Archivos enviados fuera de ese horario se consideran recibidos al siguiente día hábil.
Más detalles están disponibles en la sección Avisos Automáticos > Exportación del sitio oficial del SNICE: www.snice.gob.mx.