México y Argentina acuerdan cupos para promover el comercio automotriz

México y Argentina reforzaron su cooperación en materia de comercio automotriz con cupos libres de aranceles para la importación y exportación de vehículos ligeros nuevos.

México y Argentina reforzaron su cooperación en materia de comercio automotriz mediante la firma del Octavo Protocolo Adicional al Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica N° 55 (ACE 55), que establece cupos libres de aranceles para la importación y exportación de vehículos ligeros nuevos.

El nuevo esquema, publicado en los boletines B. SNICE 001/2025 y B. SNICE 002/2025 por el Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), estará vigente desde el 19 de marzo de 2025 hasta el 18 de marzo de 2026.

¿Qué establece el protocolo?

Durante este periodo, ambos países establecieron un cupo para el intercambio de vehículos con un valor FOB de hasta 773.1 millones de dólares por dirección (exportación e importación) sin la aplicación de aranceles, siempre que se cumplan las condiciones preferenciales del ACE 55.

Este protocolo forma parte de los esfuerzos bilaterales por modernizar los términos del comercio automotriz y fortalecer la presencia de las industrias de ambos países en América Latina, promoviendo la competitividad e integración regional.

¿Cuáles vehículos están incluidos?

El beneficio aplica a una amplia gama de vehículos automotores, incluyendo:

  • Autos de combustión interna.
  • Vehículos híbridos y eléctricos.
  • Motociclos de tres y cuatro ruedas tipo automóvil.

Las fracciones arancelarias incluidas comprenden productos como los clasificados en los códigos 8703.21.01, 8703.24.99, 8703.40.03, 8703.80.01 y 8704.21.01, que abarcan vehículos particulares y comerciales ligeros.

Proceso de asignación de cupos

Las empresas interesadas en exportar desde México a Argentina o importar vehículos argentinos deberán participar en un proceso de asignación de cupos gestionado por la Secretaría de Economía.

Los criterios de selección consideran:

  • Historial de comercio automotriz.
  • Capacidad de producción o comercialización.
  • Cumplimiento con reglas de origen.
  • Plan de distribución.

El objetivo es asegurar una asignación equitativa, dando espacio tanto a grandes armadoras como a empresas medianas con trayectoria comprobada.

Los lineamientos específicos serán publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Una vez disponibles, las empresas podrán presentar sus solicitudes acompañadas de la documentación requerida ante la autoridad correspondiente.

Consulta los anteproyectos presentados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer):

Con información del SNICE.