Dan a conocer estímulos fiscales para fomentar nearshoring en México

Los incentivos serán hasta por hasta 30 mil mdp para que empresas realicen nuevas inversiones o gastos de capacitación e innovación.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer los estímulos fiscales para promover la inversión, la innovación y la capacitación empresarial en el marco del “Plan México“.

El decreto publicado el 21 de enero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) señala que, para aprovechar la relocalización de empresas o nearshoring, estos incentivos serán hasta por hasta 30 mil millones de pesos (mdp) con el objetivo de que personas morales realicen nuevas inversiones o gastos de capacitación e innovación.

De ese monto, 28 mil 500 mdp se destinarán a inversión en bienes nuevos de activo fijo y mil 500 mdp a deducciones adicionales por capacitación e innovación. Es importante señalar que al menos mil mdp estarán reservados para Mipymes con ingresos menores a 100 mdp.

Deducción de Activo Fijo

El estímulo fiscal establecido en el decreto permite a los contribuyentes realizar la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo adquiridos desde la entrada en vigor del decreto (22 de enero de 2025) y hasta el 30 de septiembre de 2030. 

Esta deducción se realizará aplicando porcentajes específicos señalados en el artículo tercero, en lugar de los establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). 

Para aplicar a este beneficio, los bienes considerados deben ser nuevos y utilizados por primera vez en México, con un uso mínimo de dos años posteriores a la deducción, salvo ciertas excepciones previstas en la ley. 

Este estímulo no aplica a bienes como mobiliario de oficina, automóviles de combustión interna, equipo de blindaje, bienes no identificables individualmente ni aviones que no sean utilizados en la aerofumigación agrícola. 

Para su aplicación, los contribuyentes deben llevar un registro detallado de las inversiones deducidas, incluyendo documentación comprobatoria, tipo de bien, relación con la actividad económica, el porcentaje aplicado, el ejercicio fiscal en que se efectuó la deducción y la disposición final del bien.

Adicionalmente, los contribuyentes deben ajustar el coeficiente de utilidad en los pagos provisionales de los ejercicios fiscales correspondientes, considerando la deducción inmediata y efectuando las disminuciones de manera acumulativa. 

Deducción de gastos de capacitación e innovación

Los contribuyentes podrán también aplicar en la declaración anual de los ejercicios fiscales de 2025, 2026, 2027, 2028, 2029 y 2030 un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional equivalente al 25% del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación que reciba cada uno de sus trabajadores en el ejercicio de que se trate o por los gastos erogados por concepto de innovación. 

Para estos efectos, el incremento será la diferencia positiva entre el gasto erogado por concepto de capacitación o por concepto de innovación en el ejercicio de que se trate y el gasto promedio que haya erogado el contribuyente por los mismos conceptos en los últimos tres ejercicios fiscales anteriores a aquel en que se hayan erogado dichos gastos, promediándose incluso cuando en dichos ejercicios no se haya erogado gasto alguno por estos conceptos.

La publicación del DOF define los siguientes términos: 

  • Capacitación: aquella que proporcione conocimientos técnicos o científicos vinculados con la actividad del contribuyente.
  • Gastos por innovación: aquellos vinculados con los proyectos de inversión para el desarrollo de la invención, que permita la obtención de patentes, y aquellos proyectos de inversión que se desarrollen para la obtención de certificaciones iniciales que requieran los contribuyentes para su integración a las cadenas de proveedurías local/regional.

Para efectos de la deducción adicional por concepto de gastos de capacitación, solo será procedente respecto de la capacitación proporcionada por los contribuyentes a sus trabajadores activos registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Los contribuyentes que no apliquen la deducción adicional establecidas en este artículo en el ejercicio en el que realicen el gasto, perderán el derecho de hacerlo en los ejercicios posteriores.

Esta deducción adicional se deberá restar de la diferencia entre los ingresos acumulables obtenidos en dicho ejercicio y las deducciones autorizadas conforme a la Ley del ISR y hasta por el monto de dicha diferencia. 

En el caso de que las deducciones autorizadas conforme a la Ley del ISR sean mayores que los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, no se disminuirá monto alguno por concepto de la deducción adicional a que se refiere el presente artículo.

El estímulo fiscal establecido en este artículo no será acumulable para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Comité de evaluación

El decreto establece la creación del Comité de Evaluación, encargado de supervisar la aplicación de los estímulos fiscales previstos y que estará compuesto por representantes de la Secretaría de Economía, el Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización y la SHCP, que presidirá y tendrá voto de calidad. 

El comité también establecerá límites anuales para los estímulos fiscales que podrán aplicar los contribuyentes.

Asimismo, emitirá y publicará en el DOF los lineamientos referentes a la obtención de los estímulos descritos en un plazo no mayor a 60 días naturales contados a partir del 21 de enero de 2024.

Requisitos

Las empresas interesadas en recibir los beneficios fiscales señalados en el decreto deben cumplir con estas características:

  • Estar inscritos en el RFC y tener habilitado el buzón tributario.
  • Contar con opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.
  • Presentar el proyecto de inversión.
  • Tener un convenio de colaboración celebrado con la Secretaría de Educación Pública en materia de educación dual.
  • Obtener una constancia de cumplimiento emitida por el Comité de Evaluación para aplicar los estímulos fiscales.
  • Cumplir con los lineamientos que al efecto emita el Comité de Evaluación.

De acuerdo con la publicación en el DOF, este decreto busca brindar certidumbre a los inversionistas, mejorar la liquidez de las empresas y fomentar la colaboración entre los sectores público y privado. Consúltalo en este enlace.