Presentan modificaciones al Anexo 24 de las RGCE

El SAT hizo modificaciones al Anexo 24 con el fin de reforzar la vigilancia del cumplimiento de las empresas con Certificación IVA e IEPS.

A través de la primera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo modificaciones al Anexo 24 de este ordenamiento con el fin de reforzar la vigilancia del cumplimiento para las empresas con Certificación IVA e IEPS.

En ese sentido, se agregó el apartado C, titulado Información mínima que deberá contener el sistema automatizado de control de inventarios para empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.

En su contenido, destaca que la información señalada en el apartado A del Anexo, debe ser enviada al sistema automatizado de control de inventarios en un plazo no mayor de 48 horas y la información restante a más tardar al momento del pago del pedimento correspondiente.

Las empresas deberán dar a la autoridad el acceso al sistema, a fin de comprobar lo siguiente:

  • Cumplimiento cabal a las disposiciones de la Ley Aduanera, su Reglamento y las RGCE relacionadas con el control de inventarios de las mercancías importadas temporalmente.
  • Se cuente con un instrumento para comprobar el estatus (retornado o pendiente de retorno) de las mercancías importadas temporalmente.
  • Se generen reportes que cumplan con los requerimientos de información establecidos en las disposiciones aduaneras y de la propia autoridad.

El Anexo señala que el sistema para las empresas certificadas deberán contener como mínimo los catálogos y módulos del apartado A.

Las empresas deberán otorgar a la autoridad, mediante escrito libre ante la oficialía de partes de la AGACE, el usuario y contraseña para que tenga acceso al sistema.

Consulte el Anexo dando clic aquí.