La Secretaría de Economía dio a conocer que fueron suspendidas del programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) 343 empresas por no haber presentado su Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE) correspondiente al ejercicio 2023.
Cabe señalar que el año pasado se suspendieron 335 empresas por esta causa.
De acuerdo con el Decreto para este programa de fomento, las empresas están obligadas a presentar un informe sobre el total de las ventas y de las exportaciones, correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior, a más tardar el último día hábil del mes de mayo del año que corresponda.
Adicionalmente, están obligadas a contar con lo siguiente:
- Certificado de firma electrónica avanzada del SAT.
- RFC activo.
- Que su domicilio fiscal y los domicilios en los que realizan sus operaciones al amparo del Programa IMMEX, estén inscritos y activos en el RFC.
- No estar en los listados del SAT, en términos de los artículos 69 y 69-B del CFF.
- Opinión positiva vigente.
En este sentido, el Decreto IMMEX, señala que cuando el reporte anual no se presente dentro del plazo señalado o no se cumpla con alguno de los requisitos mencionados, se suspenderá el beneficio de importar temporalmente las mercancías autorizadas en el programa en tanto no se subsanen dichas omisiones.
De esta manera, las empresas listadas en la publicación del 19 de julio de 2024 del Diario Oficial de la Federación (DOF) tienen hasta el último día hábil de agosto (viernes 30) para corregir su situación, la suspensión quedará levantada dos días hábiles después de que esto ocurra.
Si para esta fechalas empresas suspendidas no subsanan las omisiones a lo establecido en el Decreto IMMEX, recibirán la cancelación de su programa, debiendo tramitarlo nuevamente, cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
Con información del DOF.