El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 17 de junio de 2024 la versión 3.1 del complemento Carta Porte para amparar la posesión legal de mercancías o bienes cuando se trasladen en territorio mexicano.
Entrada en vigor
En su página de internet, el SAT detalló que esta nueva versión entrará en vigor el próximo 17 de julio de 2024, mientras que la versión 3.0 dejará de ser vigente el 16 de julio de 2024.
Cuando entró en vigor la versión 3.0, hubo un periodo de convivencia con la versión 2.0 para que los contribuyentes tuvieran tiempo de adaptarse, sin embargo, en esta ocasión la actualización será de forma inmediata, teniendo un mes de anticipación al cambio.
Los cambios
Entre las principales actualizaciones se encuentra la eliminación del atributo “Régimen Aduanero” del nodo “Carta Porte” para convertirse en el nodo “Régimen Aduanero CCP”. En este, se podrán registrar hasta 10 tipos de regímenes aduaneros relacionados a los bienes y/o mercancías que se trasladen.
La fracción arancelaria ahora será opcional y se seleccionará la información del catálogo “catComExt:c_FraccionArancelaria”.
También se actualizó la referencia de la norma NOM-002-SCT-SEMAR-ARTF/2023 “Listado de substancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas)”, la cual está vigente desde el 16 de febrero de 2024. Con esto, el catálogo de “materiales peligrosos” incluye 60 claves de productos nuevos.
Se incorpora el nodo “Remolques CCP” como un apartado dentro de “Contenedor” en la sección de transporte marítimo, y contendrá los mismos campos existentes en la versión anterior: “SubTipo de Remolque CCP” y “Placa CCP”.
Además, se ajustaron las especificaciones del código QR que se integra en la representación impresa del CFDI que incluye el complemento Carta Porte.
Otro de los cambios fue el ajuste a la descripción de los siguientes atributos para quedar de la siguiente forma:
- UbicacionPoloOrigen
- UbicacionPoloDestino
- CveMaterialPeligroso
- FolioImpoVUCEM
- PesoBrutoVehicular
- PlacaCCP
La información completa sobre esta versión de Carta Porte puedes consultarla en la página del SAT en este enlace.