Incumplir con PTU puede generar multas de hasta 542 mil pesos

Esta semana vence el plazo para que las empresas otorguen el reparto de utilidades a sus trabajadores. Aquellas que incumplan con esta obligación podrían recibir una sanción de entre $27,142 y $542,850 pesos, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Cabe destacar que este monto, al igual que el resto de las multas laborales, se puede fijar por cada trabajador afectado y no exime a la empresa de cumplir con la obligación. Es decir, los empleadores que reciban una sanción por este motivo deberán cubrirla y, además, ponerse al corriente con sus obligaciones.

De acuerdo con los últimos datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el reparto de utilidades a los trabajadores (PTU) es la obligación patronal con mayor nivel de incumplimiento, según las inspecciones realizadas por la dependencia.

En un periodo de dos años de inspecciones, la STPS identificó el reparto de utilidades como la violación más recurrente en la vigilancia de las condiciones generales de trabajo. El incumplimiento en esta materia es 2.2 veces más común que los aspectos vinculados con la jornada laboral, el segundo derecho más vulnerado.

La sanción por incumplir con el reparto de utilidades es impuesta por la autoridad laboral luego de confirmar el incumplimiento a través de una inspección. Recientemente, la Secretaría del Trabajo modificó el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (Regitas) para separar el proceso de supervisión y el sancionador, dificultando así la evasión de la multa.

Es importante mencionar que el reparto de utilidades es un derecho laboral con un componente fiscal. Las empresas generan esta obligación con base en las ganancias reportadas en su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El 10% de estas utilidades se debe repartir entre los empleados.

Por ley, los trabajadores tienen un año para reclamar el cumplimiento del pago de PTU. A partir del 31 de mayo -día posterior a la fecha límite para recibir la prestación- se tienen 12 meses para exigir este derecho.

Con información de El Economista