¿Qué determinó la SCJN sobre el tope al PTU?

La SCJN declaró constitucional el tope de tres meses a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el tope de tres meses a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), o bien, el reparto de utilidades. 

Según Carlos Ferran Martínez, socio director de Ferran Martínez Abogados, el asunto jurídico y político fue abordado adecuadamente y que la discusión está resuelta. 

Por su parte, Jorge Sales Boyoli, socio director de Sales Boyoli, enfatizó que la decisión confirma una disposición legal y se relaciona con cambios en la regulación de la subcontratación. 

En tanto que Manuel Fuentes Muñiz, profesor investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana, criticó la decisión, argumentando que viola la Constitución y desconoce la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas. 

El PTU está respaldado por el artículo 123 de la Constitución Política, que asigna a una comisión tripartita la tarea de fijar el porcentaje de utilidades a repartir. 

Alfonso Bouzas, coordinador del Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral, señaló que el límite al PTU debería estar vinculado a la productividad de la empresa y que la decisión tiene un fuerte componente político.

Con información de El Economista.