Sancionarán con hasta 151 mil pesos a empleadores que no estén afiliados al Fonacot

La STPS aplicará multas de entre 50 a 1500 UMA a las personas empleadoras que no afilien al centro de trabajo al Fonacot.

A partir del 5 de abril de 2024, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) aplicará multas de entre 50 a 1500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a las personas empleadoras que no afilien al centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot).

Esto fue dado a conocer a través de una modificación a la fracción III del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 de abril de 2024.

Tal cambio incorpora la fracción XXVI Bis a la sanción señalada en el citado apartado legal que, tomando como referencia el valor de la UMA para este año (100.81 pesos), iría de los 5,045.50 a los 151,215.00 pesos.

Cabe destacar que la afiliación al Fonacot es gratuita para el patrón y puede realizarse en línea a través del portal del Fondo, en este enlace.

Con información del DOF.