¿Qué es la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo?

Los empleadores deben de enviar al IMSS su Determinación anual de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo durante el mes de febrero.

Si eres empleador, durante el mes de febrero debes de enviar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tu Determinación anual de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, de conformidad a lo establecido en el artículo 32, fracción V del Reglamento de la Ley del Seguro Social.

¿Qué es y cómo se calcula la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo?

Se trata de prima con la que habrán de cubrir las cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo, tomando como base para el cálculo los riesgos de trabajo ocurridos a sus trabajadores durante el ejercicio previo.

De acuerdo con el artículo 72 de la Ley del Seguro Social (LSS), para fijar la prima a cubrir por el seguro de riesgos de trabajo, las empresas deben calcularse utilizando la siguiente fórmula y factores:

Prima = [(S/365)+V * (I + D)] * (F/N) + M

V = 28 (promedio de años activos las personas que no hayan sido víctimas de un accidente mortal o de incapacidad permanente total). 

F = 2.3 (Es el factor de prima). 

N = Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo. 

S = Total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal. 

I = Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100.

D = Número de defunciones. 

M = 0.005, (prima mínima de riesgo). 

El valor resultante tendrá una vigencia del 1 de marzo del año del que se trate al último día de febrero del año posterior. Si éste no presenta variaciones, la prima continuará siendo la misma.

En caso de que sean diferentes el empleador procederá la nueva prima, aumentándola o disminuyéndola en una proporción no mayor al uno por ciento del salario base de cotización, con respecto a la prima del año inmediato anterior con que la empresa venía cubriendo sus cuotas.

Es importante señalar que aquellas empresas de recién inscripción al IMSS, o bien, realicen un cambio de actividades, deberán de tomar como referencia las siguientes primas medias de acuerdo con su clase:

  • Clase I: 0.54355%.
  • Clase II: 1.13065%.
  • Clase III: 2.59840%.
  • Clase IV: 4.65325%.
  • Clase V: 7.58875%.

La LSS señala que la determinación de las clases comprenderá una lista de los diversos tipos de actividades y ramas industriales, catalogándolas en razón de la mayor o menor peligrosidad a que están expuestos los trabajadores, de acuerdo con el artículo 196 del Reglamento de esta Ley.

¿Dónde se presenta?

Las personas empleadoras pueden llevar a cabo este trámite en internet o de manera presencial siguiendo los siguientes pasos.

En internet

  1. Generar su  determinación mediante el Sistema Único de Autodeterminación (SUA).
  2. Acceder al portal IMSS desde su Empresa (IDSE) utilzándo su e.firma o tu firma digital NPIE (Número de Identificación Electrónica) y enviar la determinación conforme a la guía.

Presencial (en subdelegación del IMSS

  1. Obtén el “Manual de usuario” para elaborar la Determinación Anual de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo en línea.
  2. En caso de haber tenido siniestralidad laboral, descargar la plantilla de Excel de Relación de Casos y captura los riesgos de trabajo que tuvieron las personas trabajadoras, respetando el formato predefinido y descrito en el manual de usuario.
  3. Ingresar al “Aplicativo para elaborar en línea la Determinación de la Prima“, capturar los datos generales de la empresa, si tuviste riesgos de trabajo adjuntar la hoja de Excel con la relación de casos y generar la Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo.
  4. Imprimir los formatos CLEM-22 Y CLEM-22 A (únicamente si existe alguna relación de casos) en original y copia, presentar en ventanilla tanto el archivo electrónico (.SRT) como los formatos impresos.

Resolución del IMSS

Cabe señalar que el IMSS podrá rectificar o determinar la prima de un patrón, mediante resolución, que se notificará a éste o a su representante legal, cuando:

  • La prima manifestada por el patrón no esté determinada conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la LSS.
  • El patrón en su declaración no manifieste su prima.
  • El patrón no presente declaración alguna.
  • Exista escrito patronal manifestando desacuerdo con su prima y ésta sea procedente.

¿Quiénes están obligados a presentar la Prima de Riesgos?

Si bien, no todos los empleadores deben de presentar la Determinación de la Prima de Riesgos ante el IMSS, exponemos los casos aplicables para aquellas empresas catalogadas en alguna de las 5 clases de riesgo determinadas por el Instituto:

Están obligados

  • Empleadores cuya prima determinada resulte diferente a aquella a la que habían cubierto sus cuotas en el periodo inmediato anterior.
  • Empresas de menos de 10 trabajadores, que opten por presentar la declaración anual correspondiente.

No están obligados

  • Empresas de reciente registro en el IMSS, o que cambiaron de actividad y que no hayan completado un periodo anual (del primero de enero al 31 de diciembre) dentro de la prima media.
  • Empleadores que, al determinar su prima, ésta resulte igual a la del ejercicio anterior.
  • Empresas de menos de 10 trabajadores que opten por cubrir la prima media que les corresponda.

Fuentes: LSS, RLSS, IMSS.