6ta RMRGCE 2023 y sus Anexo 1 y 5

Empresas deberán asumir responsabilidad solidaria por operaciones virtuales.

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó la sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2023 con cambios en el procedimiento de Operaciones Virtuales para las empresas con Esquema de Certificación modalidad Operador Económico Autorizado (OEA).

En este tenor, destaca que cuando se realicen este tipo de operaciones, la empresa que transfiere las mercancías asumirá la responsabilidad solidaria de las obligaciones fiscales del residente en el extranjero por la enajenación realizada.

Esto presentando el formato E15 del Anexo 1 de las RGCE a través de un caso de aclaración en el portal del SAT, anexando al pedimento que ampare el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 108, quinto párrafo de la Ley Aduanera, el acuse correspondiente.

La responsabilidad solidaria también aplicará cuando se tramite en forma semanal el pedimento consolidado que ampare el retorno de las mercancías y el pedimento consolidado que ampare la importación definitiva de las mismas a nombre de la empresa residente en territorio nacional que las recibe.

También se realizaron ajustes en la redacción de los apartados legales para cambiar “pedimentos que amparen el retorno virtual” por “pedimentos amparen el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 108”.

Una operación virtual es aquella en la que las mercancías no se presentan físicamente en la aduana, sino que se realizan únicamente a través de documentos. 

Este tipo de operaciones se utilizan en casos como la importación o exportación de mercancías que no requieren de inspección física, o cuando las mercancías ya se encuentran en el territorio aduanero y se requiere realizar algún trámite aduanero adicional.

Consulta la 6ta. RM a las RGCE aquí.