SE revisará cuotas compensatorias a importaciones de bicicletas

La SE anunció en el DOF que revisará las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de bicicletas originarias de China.

La Secretaría de Economía dio a conocer por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF) que se inició el procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 8712.00.05 de la TIGIE, o por cualquier otra.

Este procedimiento se anunció por medio de la “Resolución por la que se declara el inicio de oficio del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”.

En el documento se detalló que se fijó como periodo de revisión el comprendido del 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2023, y como periodo de análisis el comprendido del 1 de abril de 2018 al 31 de marzo de 2023.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 11.2, y 11.4 del Acuerdo Antidumping; 70 de la LCE, así como 94 del RLCE, la cuota compensatoria definitiva a que se refieren los puntos 1 y 2 de la resolución, continuará vigente mientras se tramita el procedimiento de revisión de oficio.

Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento, contarán con un plazo de 23 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar su respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que estimen pertinentes.

Contexto

El 21 de diciembre de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una resolución sobre la investigación antidumping de importaciones de bicicletas para niños bicicletas para niños originarias de China, independientemente del país de procedencia. Esta resolución estableció una cuota compensatoria de 13.12 dólares por bicicleta.

El 1 de abril de 2022, se publicó otra resolución que extendió este impuesto por cinco años más, a partir del 22 de diciembre de 2020.

El producto en cuestión se introdujo en el mercado nacional a través de una categoría arancelaria que cambió el 28 de diciembre de 2020 debido a una nueva ley. Además, se crearon números de identificación comercial (NICO) específicos para esta categoría en noviembre de 2020, siendo estos los NICO 01, 02, 03 y 99 para la fracción arancelaria 8712.00.05, siendo relevante para el producto objeto revisión de la cuota compensatoria el NICO 02.

Luego, en junio y agosto de 2022, se publicaron nuevos decretos y acuerdos que mantuvieron la categoría arancelaria y los NICO mencionados anteriormente.

Finalmente, el 5 de diciembre de 2022, se anunció que los cambios legales entrarían en vigencia a partir del 12 de diciembre de 2022.

En agosto de 2023, se aplicó un arancel temporal del 25% a las importaciones de estas bicicletas hasta julio de 2025, según un decreto reciente.

Para leer la información detallada, puede leer la publicación original en este enlace.

Con información del DOF