Emiten jurisprudencia contra casos de despido injustificado

El Poder Judicial emitió una jurisprudencia contra casos de despido justificado, la cual deberá ser acatada por los tribunales laborales.

El Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito emitió una sentencia que creó jurisprudencia y establece que los tribunales laborales deberán, en casos de despido injustificado, tomar decisiones basadas en la verdad y la buena fe, analizar si las personas trabajadoras están en situación de vulnerabilidad frente a sus empleadores y no quedar atrapados en formalidades innecesarias.

Esta jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación (SJF) con el registro digital 2027272 el 22 de septiembre, fue dictada en un caso donde la empresa demandada por despido injustificado presentó a la Junta de Conciliación y Arbitraje una carta de renuncia firmada por un trabajador.

Sin embargo, la autoridad laboral no analizó la verosimilitud de este documento, violando el principio de primacía de la realidad. Este principio establece que las autoridades judiciales deben considerar las circunstancias específicas del caso y las condiciones personales del trabajador, como la antigüedad, el puesto, la edad, la preparación, la solvencia económica y el pago de finiquito, al evaluar la autenticidad de la renuncia.

La jurisprudencia creada por este tribunal es de aplicación obligatoria a partir del lunes 25 de septiembre de 2023. Esto significa que este criterio deberá ser seguido en futuros casos de denuncias por despido injustificado, con el fin de garantizar que se respeten los derechos de los trabajadores y se evite que las empresas utilicen prácticas ilegales, como la firma de hojas en blanco, para despedir a empleados sin responsabilidad alguna.

El despido injustificado es la principal causa de conflictos individuales de trabajo en México, representando el 85.8% de los casos en instancias laborales en 2022, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Esta situación se mantuvo prácticamente invariable en 2021, con un 87.7% de casos por la misma razón.

La sentencia del Tercer Tribunal Colegiado en Casos de Despido Injustificado se basa en el artículo 17 de la Constitución, que establece que las autoridades deben privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales, siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios. Esta interpretación del principio de primacía de la realidad busca asegurar una mayor justicia y equidad en los casos de despido injustificado, protegiendo los derechos de los trabajadores.

Con información de El Economista