Limitan al SAT la fiscalización de terceros

Esto limitará las facultades del SAT y protegerá el derecho a la privacidad de los terceros. 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no podrá solicitar información de terceros no involucrados en una auditoría fiscal, como su RFC, nombre y teléfono, según una resolución del Poder Judicial de la Federación. 

Esto limitará las facultades del SAT y protegerá el derecho a la privacidad de los terceros. 

Sobre este tema, el despacho Santamarina & Steta señaló que la resolución acotará las arbitrariedades en las que la autoridad fiscal ha incurrido al solicitar información excesiva e imposible de proporcionar. 

Destacaron que la jurisprudencia establece que la información personal de terceros no debe considerarse parte de la contabilidad fiscal que deben mantener las empresas, por lo que el SAT carece de facultades para pedir dicha información.

Por su parte, Miguel Ángel Tavares, presidente de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), indicó que esta resolución, aunque solo es aplicable al caso específico, puede ser utilizada como defensa en otros procedimientos. 

Además, mencionó que tendrá un impacto relevante en los procesos de fiscalización en curso, ya que limita las amplias facultades que el SAT ha ejercido en sus auditorías fiscales.

Esta resolución beneficiará a los contribuyentes al evitar que se les solicite información adicional a la estrictamente necesaria como parte de su contabilidad fiscal. 

Sin embargo, es importante destacar que esta resolución no afecta al SAT en su investigación del cumplimiento de las obligaciones fiscales de un contribuyente, ya que debe apegarse a la contabilidad de este. 

En caso de requerir información de clientes o proveedores que no esté relacionada con el contribuyente, existen mecanismos legales para solicitarla directamente a dichos terceros.

Con información de Reforma.