Entra en vigor prohibición de importación de mercancías producto de trabajo forzoso

El 18 de mayo de 2023 entró en vigor el Acuerdo que establece las mercancías cuya importación está sujeta a regulación en materia de trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil forzoso u obligatorio, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 17 de febrero pasado.

Con ello, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en coordinación con la Secretaría de Economía (SE) y a través de intercambio de información con otras autoridades, podrá investigar mercancías importadas que sean producidas total o parcialmente por personas en situación de trabajo forzoso. 

De confirmarse lo anterior, México podrá determinar la prohibición de la entrada al territorio nacional de dichas mercancías.

Estas investigaciones podrán iniciarse a solicitud de personas físicas o morales legalmente constituidas en México, o bien, de manera oficiosa por la STPS cuando existan elementos de prueba suficientes para ello.

El Acuerdo establece que la autoridad contará con un plazo de 180 días para investigar la mercancía identificada según los indicadores de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 

Para ello, se creó la Guía para la Instrumentación del Mecanismo para Restringir la Importación de Mercancías Producidas con Trabajo forzoso u Obligatorio

Estas medidas se dan en el marco del cumplimiento al artículo 23.6 del Capítulo Laboral del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el cual obliga a los países miembros a establecer mecanismos para prohibir la importación de estas mercancías.

STPS se agrega a VUCEM

A efecto de dar cumplimiento a lo anterior, se incorporó a la STPS a la comisión intersecretarial para la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM).

Esto, a través del Decreto por el que se reforma y adiciona el diverso por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, publicado el 19 de mayo de 2023 en el DOF.

Con este documento, que entra en vigor el mismo día de su publicación, se reconoce a la STPS como autoridad competente en materia de comercio exterior.

Con información de la SE.