Nueva jurisprudencia limita validez absoluta de renuncias firmadas

La validez absoluta de una carta de renuncia firmada por un trabajador o trabajadora ha sido cuestionada recientemente por una nueva jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Según esta decisión, dicho documento no puede ser considerado como prueba concluyente de que la persona dejó su empleo y su salario de manera voluntaria.

La Segunda Sala de la SCJN examinó una contradicción de criterios entre dos Tribunales Colegiados de Circuito y determinó que la renuncia firmada debe ser interpretada de manera más amplia, no como la única forma de conocer la verdad. Ahora, para que la carta de renuncia sea aceptada como evidencia, se debe demostrar de manera fehaciente que el trabajador o la trabajadora la firmó de manera autónoma y unilateral.

La sentencia otorga al juzgado o tribunal encargado de analizar casos similares la facultad de suplir cualquier deficiencia en la queja a favor del trabajador. Esto implica reconocer que existe una asimetría de poder entre el trabajador y la empresa, y que el juzgado debe considerar la posibilidad de que la empresa haya coaccionado al trabajador o trabajadora para obtener la renuncia, en lugar de haberlo despedido injustificadamente.

El objetivo es asegurarse de que se presenten todas las cuestiones necesarias, tanto argumentativas como probatorias, para corroborar si la relación laboral efectivamente terminó después de que la persona firmó su renuncia de manera autónoma.

Esta jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación el viernes 28 de abril bajo el registro digital 2026355, es una interpretación de la ley que debe ser aplicada obligatoriamente en cualquier juicio relacionado con el tema de las renuncias.

Con información de El Economista