- Se recomienda el uso de tecnología para identificar errores y omisiones.
- Conoce las sanciones por no revelar y denunciar las omisiones o delitos del contribuyente dictaminado.
El Dictamen de estados financieros es una evaluación de un contribuyente realizada por un contador público inscrito, en el cual expresa su opinión sobre los resultados de su trabajo y examina la situación fiscal de éste.
A fin de que la dictaminación sea válida, se recomienda el uso de tecnología para identificar errores y omisiones en la contabilidad y contabilidad aduanera de la persona física con actividad empresarial o empresa.
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF) el dictamen de estados financieros es obligatorio para personas morales que en el ejercicio inmediato anterior:
- Hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta (ISR) iguales o superiores a mil 940 millones 178 mil 120 pesos.
- Tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista en la bolsa de valores.
Por otro lado, este procedimiento es optativo para los contribuyentes que:
- Hayan obtenido ingresos acumulables superiores a 157 millones 785 mil 270 pesos.
- El valor de su activo determinado sea superior a 124 millones 650 mil 380 pesos
- Por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.
La fecha límite para cumplir con este trámite es el 15 de mayo, según la normativa vigente. Cabe señalar que los contribuyentes que no se encuentren en los supuestos mencionados pueden presentar su dictamen de forma voluntaria.
En caso de que se determinen diferencias de impuestos a pagar en el dictamen, estas deben ser cubiertas mediante una declaración complementaria en un plazo de diez días posteriores a la presentación del dictamen.
Para la presentación del dictamen, existen guías e instructivos de llenado disponibles en el Anexo 16 y el Anexo 16-A la Resolución Miscelánea Fiscal vigente (RMF).
A su vez, el SAT cuenta con el Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (Sipred), una plataforma donde los contadores públicos inscritos pueden consultar y enviar los dictámenes fiscales y papeles de trabajo.
Cabe señalar que es responsabilidad del contador público revisar el 100% de la operación fiscal y aduanera, y en caso de identificar incumplimientos fiscales, debe informarlo a la autoridad fiscal.
El incumplimiento de estas responsabilidades puede llevar a sanciones, como la suspensión del registro del contador por cinco años. Es importante destacar que las diferencias u observaciones señaladas por el contador deben coincidir con las determinadas por la autoridad.
No presentar el dictamen de estados financieros o no hacerlo dentro del plazo establecido puede resultar en multas para las personas obligadas, que van desde 17 mil 330 a los 173 mil 230 pesos, según los artículos 83 fracción X y 84 fracción IX del CFF.
Además, las empresas de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación que tengan una parte relacionada en el extranjero con establecimiento permanente en el país no podrán acceder a los beneficios del Safe Harbor, que busca evitar la doble tributación, según el artículo 4 de la Ley del ISR.
Fuente: CFF, RMF, LISR.