STPS lanza la Guía de acciones para CCT no legitimados 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó una Guía de acciones para los contratos colectivos de trabajo (CCT) no legitimados, con la finalidad de dar certidumbre a las acciones de las empresas después del 1 de mayo, cuando vence el plazo para la realización de este proceso.

El documento establece 10 puntos:

  1. La empresa no puede disminuir los salarios, derechos y prestaciones que están pactadas en el contrato colectivo de trabajo.
  2. La transición de un contrato colectivo a contratos individuales no implica, en ninguna circunstancia, que los derechos se vean afectados.
  3. La empresa no puede seguir descontando las cuotas sindicales a las y los agremiados del sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado.
  4. La empresa no podrá conceder prerrogativas o consideraciones especiales al sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado porque ya no representa a todos los trabajadores.
  5. La empresa no podrá pactar convenios de revisión salarial ni contractual con el sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado porque ya no existe esta representación de la mayoría.
  6. La empresa no podrá condicionar la contratación o permanencia de las y los trabajadores a causa de su afiliación sindical.
  7. El sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado no podrá emplazar a huelga a la empresa o amenazar con suspender labores, al no tener la titularidad.
  8. El sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado podrá seguir realizando actividades sindicales en igualdad de condiciones que otros sindicatos.
  9. El empleador deberá negociar un nuevo contrato colectivo con el sindicato que obtenga la constancia de representatividad, siempre deben estar abiertos a que existe la posibilidad de que en el futuro cercano pueda un sindicato obtener una constancia de representatividad y ese sindicato, en ese momento tiene la validez de la autoridad laboral y la posibilidad de emplazar a huelga.
  10. La autoridad abre canales de comunicación para recibir denuncias sobre alguna violación a los puntos anteriores, a través de las siguientes cuentas de correo electrónico inconformidades@centrolaboral.gob.mx  e inspeccionfederal@stps.gob.mx.

La titular de la dependencia, Luisa María Alcalde, presentó esta guía a los socios de la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos A.C. (Amedirh), recordando que la democracia sindical es uno de los pilares de la reforma laboral.

Asimismo, dio a conocer que, a la fecha, 3 millones 777 mil trabajadores han votado en estos procesos para legitimar 15 mil 453 CCT. 

En ese tenor, la funcionaria estimó que serán cerca de 4 millones de trabajadores protegidos, cifra similar a la que el INEGI reporta de personas que se auto reconocen sindicalizadas.
Consulta la guía en este enlace.

Con información de la STPS.