La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la creación de una licencia laboral para padres y madres que tengan hijos menores de 16 años que padezcan enfermedades terminales.
La reforma modifica al artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social (LSS) y el 37 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para la incorporación de esta nueva licencia.
El objetivo es garantizar la estabilidad en el empleo de los padres para que puedan ausentarse de sus labores en los días críticos de la enfermedad de sus hijos e hijas, expuso la diputada Brenda Espinoza López, autora de la reforma.
Esta licencia no establece un límite de días y los padres y madres trabajadores podrán ausentarse de sus empleos sin peligro a sufrir un despido cuando su hijo o hija “requiera de un descanso médico en los períodos críticos de tratamiento o de hospitalización”.
Tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), expedirán “una constancia que acredite el padecimiento oncológico u otra enfermedad que se diagnostique en estado terminal”, así como la duración del tratamiento requerido, “a fin de que el patrón o los patrones tengan conocimiento de tal licencia”.
Según la Secretaría de Salud, las enfermedades terminales son una de las principales causas de muerte en menores de 15 años en México.
El dictamen de la reforma detalla que hay cuatro grupos de enfermedades terminales que afectan a las niñas, niños y adolescentes:
- Cáncer, fallo orgánico al corazón, hígado o riñones, así como diversos tipos de infecciones.
- Padecimientos como el VIH/SIDA, fibrosis quística, anomalías cardiovasculares y prematuridad extrema.
- Enfermedades progresivas y sin opciones curativas.
- Enfermedades o situaciones irreversibles, no progresivas, pero con grave discapacidad que ponen en severo riesgo su vida.
Con información de El Economista.
