La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023, publicada el 27 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), contiene novedades relacionadas con la emisión del CFDI con Complemento Carta Porte.
Para abordar este tema Alejandro Márquez Solano, socio de la firma TP Customs Compliance, nos acompaña en el tercer episodio de la segunda temporada de Radio Incomex, edición Comercio Exterior, en el que explica las implicaciones de estos cambios para las empresas y transportistas.
Comenta que, de acuerdo con la RMF 2023, los transportistas tienen la posibilidad de ofrecer “Servicios Dedicados”, a través de los cuales pueden brindar el “servicio de arrendamiento” de vehículos para el traslado de mercancías.
Para ello, los transportistas solo deberán emitir el CFDI por el arrendamiento de unidades y las empresas que contraten el servicio serán las responsables de emitir el CFDI de traslado con complemento Carta Porte.
Esta nueva modalidad está contemplada en la regla 2.7.7.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.
Otra de las novedades que se agregaron fue establecer que si los traslados de mercancías se realizan en vehículos ligeros en uno o más tramos de jurisdicción federal, pero estos se encuentran dentro de un radio de 30 kilómetros desde el punto de salida, no se tendrá la obligación de emitir el complemento Carta Porte.
Indicó que este criterio no aplica en el cruce fronterizo de mercancías.
Márquez Solano también recordó que el cliente y el transportista tienen la responsabilidad compartida en el llenado de los datos correspondientes a los CFDI y el complemento Carta Porte, definiendo cuál información corresponde a cada parte.
Conoce todos los detalles de estas reglas y los cambios escuchando el episodio completo.
Recuerda que este podcast es producido en colaboración con I-Xport para brindarte recomendaciones e información sobre el correcto cumplimiento, y puedes escucharlo en Spotify, Amazon Music, Google Podcast y Stitcher. No olvides suscribirte y compartir los episodios.