La reforma al número mínimo de vacaciones que pueden disfrutar los trabajadores entrará en vigor al inicio de 2023, de acuerdo con especialistas consultados por El Economista, este cambio normativo implica una serie de desafíos para la gestión del talento y la administración del cambio a lo largo de todo el año en las empresas.
En primer término, no todos los trabajadores verán reflejado el incremento de manera inmediata porque la reforma no tendrá efectos retroactivos, es decir, si un empleado tuvo su aniversario en octubre, noviembre o diciembre, sus vacaciones se computarán conforme a la disposición anterior.
Por ejemplo, si un trabajador cumplió a lo largo del 2022 un año de trabajo, se mantendrá con seis días de vacaciones hasta que cumpla dos años de antigüedad en 2023, cuando esto ocurra, dará el brinco a 14 días de vacaciones.
Por otra parte, para definir el nuevo periodo de vacaciones, hay que sumar 6 días al esquema vigente, salvo que a partir del año laboral número 11, el nuevo periodo vacacional será 8 días mayor al vigente.
Cabe señalar que el porcentaje de la prima vacacional se mantendrá en 25%, aunque debe considerarse el incremento en el monto que recibirán los empleados por este concepto al calcularse sobre una base mayor de días.
Asimismo, el Senado avaló el derecho de los trabajadores a disfrutar de 12 días continuos de vacaciones.
De esta forma, el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala que “Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”.
Esto quiere decir que si el trabajador pide los días continuos, el empleador no se los puede negar. No obstante, aquél puede optar por diferir estos días acordándolos con su patrón
Plazos para solicitar las vacaciones
De acuerdo con los especialistas consultados, si bien los empleadores deben conceder las vacaciones dentro de los seis meses siguientes a partir del aniversario de trabajo de una persona, este derecho queda vigente por 12 meses más.
“Los empleados tienen un año para reclamar el disfrute y pago de las vacaciones, contado a partir del día siguiente en el que concluye el plazo de los seis meses dentro de los cuales el patrón debe conceder las vacaciones”, explicó Sofía Gómez Bautista, líder de la Práctica Laboral de la firma Creel Abogados.
Con base en lo anterior, los trabajadores tienen en suma 18 meses para disfrutar de sus vacaciones y el pago de la prima vacacional.
Con información de El Economista.