- Se eliminan las cuotas para estas mercancías originarias de España
La Secretaría de Economía publicó este 3 de octubre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal, originarias de Estados Unidos, España y la India, independientemente del país de procedencia.
Como resultado del procedimiento, la dependencia determinó extender por cinco años, contados a partir del 21 de abril de 2021, la vigencia de las cuotas compensatorias aplicables a las mercancías que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7305.11.02, 7305.12.02 y 7305.19.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), o por cualquier otra de acuerdo con lo siguiente:
- De 575.01 dólares por tonelada métrica a las importaciones originarias de EU provenientes de Stupp Bros., Inc. y para las demás empresas exportadoras. Se exceptúan de este cobro las importaciones sujetas a cuotas compensatorias conforme a lo establecido en la Resolución publicada el 18 de noviembre de 2011 en el DOF.
- De 128.24 dólares por tonelada métrica a las importaciones originarias de la India, provenientes de Welspun Corporation, Ltd. y de las demás empresas exportadoras.
Asimismo, la SE determinó eliminar las cuotas compensatorias de 62.22 dólares por tonelada métrica a las importaciones de este material originario de España, provenientes de Siderúrgica de Tubo Soldado Tubular Group, S.A. y para las demás empresas exportadoras.
Cabe recordar que los importadores no estarán obligados al pago de la cuota compensatoria si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a EU e India conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales.