Modifican porcentaje de reducción de multas por impuestos propios

A través de la primera versión anticipada de la octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF), se disminuyeron los porcentajes de reducción de multas por impuestos propios señalados en la Fracción II de la regla 2.14.12 de este instrumento.

Los nuevos porcentajes de disminución que podrán aplicar la Administración Desconcentrada de Recaudación (ADR), o las entidades federativas, correspondientes al tiempo de antigüedad de la infracción, son los siguientes:

  • Hasta un año: 90%.
  • Más de 1 y hasta 2 años: 80%.
  • Más de 2 y hasta 3 años: 70%.
  • Más de 3 y hasta 4 años: 60%.
  • Más de 4 y hasta 5 años: 50%.
  • Más de 5 años: 40%.

La versión anticipada también contiene cambios a la redacción de las reglas 2.5.11. Cambio de domicilio fiscal y 2.5.13. Presentación de avisos en el RFC para hacer ajustes a la redacción e incorporar la ‘Oficina Virtual’ para la realización de trámites en línea.

Asimismo se modificaron los Anexos 1, 1-A, 11, 14 Y 15 de la RMF.

Descarga la versión anticipada y sus anexos en este enlace.