A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Economía anunció el final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de productos de presfuerzo, originarias de China, España y Portugal, independientemente del país de procedencia.
Como resolución de este procedimiento, a las mercancías que ingresan al mercado nacional por las fracciones arancelarias 7217.10.02, 7312.10.01, 7312.10.05, 7312.10.07, 7312.10.08 y 7312.10.99 de la TIGIE se les seguirá aplicando las siguientes cuotas por cinco años más:
- De 1.02 dólares por kilogramo a las originarias de China.
- De 0.13 dólares por kilogramo a las originarias de España.
- De 0.40 dólares por kilogramo para las originarias de Portugal.
Los importadores no están obligados al pago de estas cuotas compensatorias siempre que comprueben que el país de origen de la mercancía es distinto a China, España y Portugal; conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales.Consulta la Resolución en el DOF.
