La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) está elaborando la Norma Oficial Mexicana 037 (NOM-037) que regirá las condiciones de seguridad y salud en teletrabajo de cerca de 13 millones de personas que trabajan de manera remota y que se publicará en el mes de julio.
La NOM tendrá el objetivo de evitar riesgos físicos, ergonómicos y psicosociales durante el desempeño de labores
En un comunicado, la dependencia señaló que los patrones están obligados a establecer el inicio y termino de la jornada laboral; mecanismos de contacto entre empleador y teletrabajador, así como contar con una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y familiar.
El anteproyecto de la NOM 037 busca establecer el diálogo público para normalizar la actividad de aquellos centros de trabajo que desarrollan actividades bajo esta modalidad y de las personas que utilizan las tecnologías de la información y comunicación para el desempeño de sus labores.
La titular de la STPS, Luisa Alcalde Luján, presentó el anteproyecto de la NOM ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Subrayó que, de acuerdo con algunos estudios, hasta el 23% de los puestos de trabajo en México serían susceptibles de teletrabajar, por lo que población potencial de esta norma podría abarcar hasta 13 millones de mexicanos.
Entre las obligaciones de los patrones incluidas en el anteproyecto de la NOM se encuentran:
- Establecer el inicio y termino de la jornada laboral.
- Establecer los mecanismos de contacto entre empleador y teletrabajador.
- Contar con una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y familiar.
- Dotar al trabajador de equipamiento ergonómico.
- Proporcionar mantenimiento e insumos para el mejor rendimiento del teletrabajo.
- Dar al empleado la posibilidad de regreso al trabajo presencial.
El próximo lunes 28 de febrero comenzará a sesionar el grupo de trabajo de la Norma, con el fin de cumplir con el plazo de 18 meses establecido por el artículo segundo transitorio del decreto por el que se adicionó el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
