Aquellos contribuyentes que deban presentar declaraciones mensuales, provisionales o definitivas correspondientes a enero de 2022 en términos de las leyes del ISR, IEPS e IVA, podrán hacerlo a más tardar el lunes 21 de febrero del presente año sin que se considere un incumplimiento a las disposiciones fiscales.
Lo anterior fue dado a conocer por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de la 3ra versión anticipada de la 1ra. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.
Consulta la versión anticipada en este enlace.