La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó los anexos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El contenido de los anexos es el siguiente:
- Anexo 3: Aduanas y secciones aduaneras que cuentan con componentes de integración tecnológica para el uso del dispositivo tecnológico.
- Anexo 4: Horario de las aduanas.
- Anexo 5: Compilación de criterios normativos y no vinculativos en materia de comercio exterior y aduanal, de conformidad con los artículos 33, fracción I, inciso h), y penúltimo párrafo; y 35 del CFF.
- Anexo 6: Criterios de clasificación arancelaria y del número de identificación comercial.
- Anexo 7: Insumos y diversas mercancías relacionadas con el sector agropecuario a que se refiere la regla 1.3.1., fracción XI.
- Anexo 8: Bienes de capital a que se refiere la regla 1.3.1., fracción XII.
- Anexo 9: Mercancías que se autorizan a importar de conformidad con el artículo 61, fracción XIV de la Ley.
- Anexo 10: Sectores Específicos.
- Anexo 11: Rutas Fiscales autorizadas para efectuar el tránsito internacional de mercancías conforme a la regla 4.6.23.
- Anexo 12: Mercancías por las que procede su exportación temporal.
- Anexo 14: Importación o exportación de hidrocarburos, productos petrolíferos, productos petroquímicos y azufre.
- Anexo 15: Distancias y plazos máximos de traslado en días naturales para arribo de tránsitos.
- Anexo 16: Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa.
- Anexo 17: Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional.
- Anexo 18: Mercancías que no pueden ser objeto del régimen aduanero de Depósito Fiscal.
- Anexo 19: Datos para efectos del artículo 184, fracción III de la Ley.
Consulta la publicación en el DOF en este enlace.