Publican actualizaciones del pago de derechos para el Esquema de Certificación de Empresas y DTA

Junto a la Resolución Miscelánea Fiscal 2022, publicada el 27 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se difundió el Anexo 19, que contiene los montos actualizados para el próximo año para el pago de lo señalado en la Ley Federal de Derechos (LFD).

Entre el contenido de este Anexo, destacamos el de los incisos a), c) y m) del artículo 40; así como las fracciones I, III, IV, V, VI, VIII, y los incisos a), b), c), d), y e) de la fracción VII del artículo 49 para quedar de la siguiente manera:

Artículo 40. Otorgamiento de las inscripciones, concesiones o autorizaciones.

a) Por la inscripción en el registro del despacho de mercancías $7,188
 
c) Por la autorización para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado. $14,143
 
m) Por la inscripción en el registro de empresas certificadas $33,004

Artículo 49. Derecho de trámite aduanero.

I. . . .  

  II . . .
III.. Importaciones temporales para elaboración, transformación o reparación por empresas IMMEX y recintos fiscalizados, así como en los retornos respectivos. $378
IV.. Mercancías exentas de los impuestos al comercio exterior conforme a la Ley Aduanera; . . . $378
V... En las operaciones de exportación $379
VI. Tratándose de las efectuadas por los Estados extranjeros $371
VII. . . .  
De tránsito interno $378
De tránsito internacional $359
De extracción del régimen de depósito fiscal para retorno $378
La parte II de los pedimentos de importación; exportación o tránsito $378
Por cada rectificación de pedimento $364
VIII. Del 8 al millar, sobre el valor que tenga el oro para los efectos del impuesto general de importación, sin exceder de la cuota de $4,009

Se sugiere consultar la publicación, disponible en este enlace, para su correcta aplicación.