La Secretaría de Economía dio a conocer la Resolución Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de alambrón de hierro o acero sin alear originarias de Ucrania, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fracciones arancelarias 7213.91.03 y 7213.99.99 de la TIGIE.
Como resultado del análisis, la dependencia determinó prorrogar por cinco años más la cuota compensatoria de 41% a la importación de estos materiales.
Se recuerda que los importadores no estarán obligados al pago de la cuota compensatoria si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a Ucrania conforme al Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales.